Dario Castillo Lugo, ministro de Administración Pública.
Por Alfonso Alvarez
El Ministerio de Administración Pública (MAP) ha establecido una serie de directrices relacionadas con la suspensión de funcionarios y empleados públicos que se postulan a cargos electivos y cuyas candidaturas han sido aprobadas por la Junta Central Electoral (JCE) en la República Dominicana. Estas reglas buscan regular la participación de servidores públicos en procesos electorales y garantizar una transición adecuada.
De acuerdo con la circular número 018471 del MAP:
Los funcionarios y empleados públicos que sean candidatos a cargos de elección popular serán suspendidos en sus funciones o recibirán una licencia especial sin disfrute de sueldo desde el día de la aceptación de su candidatura hasta el día siguiente de las elecciones correspondientes.
Los candidatos a cargos municipales (alcaldes, vicealcaldes, regidores, directores de juntas de distritos municipales, suplentes y vocales) que ya sean servidores públicos serán excluidos de las nóminas de diciembre de 2023 y enero y febrero de 2024, de acuerdo con los plazos establecidos por la Ley Orgánica del Régimen Electoral (Ley número 20-23).
Los candidatos a cargos de senadores y diputados serán excluidos de las nóminas de los meses de marzo, abril y mayo de 2024.
Los ministros titulares de los sectores correspondientes serán responsables de solicitar al MAP la aprobación y otorgamiento de las licencias especiales en el caso de servidores que ocupan cargos administrativos en las instituciones públicas.
La sustitución de los candidatos a cargos municipales y congresuales que ocupen cargos administrativos en organismos autónomos del Estado y los ayuntamientos será realizada por los titulares de las entidades públicas, siguiendo el procedimiento establecido por la normativa de la Administración Pública y los gobiernos locales.
En el caso de los candidatos que ocupen cargos de alto nivel, designados por el Presidente de la República, serán sustituidos de manera interina mediante decreto por un período igual a la suspensión en servicio o licencia especial.
Los funcionarios y servidores públicos que hayan sido candidatos y sean reintegrados a sus funciones el día siguiente de las elecciones recibirán compensación por los días no trabajados entre el reintegro y el final del mes en el mes siguiente.
Estas medidas tienen como objetivo regular la participación de los funcionarios públicos en procesos electorales y garantizar una transición adecuada en la administración pública durante los comicios.
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