Según lo dispuesto por la Ley 139-97, este cambio de fecha hace que el lunes 29 sea considerado feriado, por lo que la clase trabajadora deberá reintegrarse a sus labores el martes 30 de abril.
Es importante tener en cuenta que esta celebración debe ser respetada y aplicada en todos los establecimientos del país, de acuerdo con la legislación dominicana.