Modificaciones a Artículos Controversiales del Código Penal

 


Diputados durante una sesión de trabajo

Por Alfonso Alvarez, www.laspalomastv.com

Santo Domingo, RD - 27 de julio de 2024

El Congreso Nacional ha realizado modificaciones significativas a varios artículos del Código Penal, una reforma esperada durante más de 20 años para combatir actos ilícitos y criminales en el país. Sin embargo, la discusión final tendrá que esperar al comienzo de la próxima legislatura, programada para el 16 de agosto, debido a que la comisión especial no pudo completar su informe en el plazo establecido antes del cierre de la legislatura el pasado 25 de julio.

La comisión especial, presidida por el diputado Alexis Jiménez, presentó un documento detallando las modificaciones a la propuesta enviada por el Senado y aprobada en primera lectura por la Cámara Baja. Estas alteraciones se centran en artículos que fueron rechazados por diversos sectores de la sociedad por ofrecer privilegios legales o afectar derechos fundamentales.

Uno de los artículos más controvertidos es el 328, sobre la imprescriptibilidad de los hechos de corrupción. La modificación establece un plazo de veinte años para la ejecución de estos casos, "computados a partir del cese de la función pública".

El artículo 14, que otorgaba exoneración de responsabilidad penal a varias entidades, ahora incluye un párrafo que aclara que "subsistirá" el cargo civil y patrimonial de estas entidades.

El artículo 86, que inicialmente incluía las deportaciones en los actos de lesa humanidad, fue modificado para excluir las deportaciones y agregar la trata de personas como infracción "muy grave de lesa humanidad".

El tercer párrafo del artículo 123, que no calificaba como violencia intrafamiliar la corrección de los hijos mediante violencia o abuso físico, fue eliminado.

Otra modificación relevante es el artículo 295, que ahora sanciona a los agentes policiales o militares que "abusando de su autoridad" realicen revisiones injustificadas de vehículos fuera del marco permitido por la ley. Además, se establecen sanciones para policías y militares que requieran sumas de dinero o dádivas a los ciudadanos.

El segundo párrafo del artículo 139 fue transformado para que las agresiones sexuales, violaciones y el incesto contra menores no prescriban con el tiempo. Además, el encubrimiento por personas con autoridad o funciones pastorales será tipificado como complicidad.

En total, se modificaron 24 artículos, incluidos el 20, 24, 73, 87, 89, 109, 111, 113, 127, 130, 132, 133, 135, 140, 161, 226, 288, 289, 290 y 302.

La comisión, encabezada por Jiménez, ha solicitado más tiempo para realizar un estudio detallado y reestructurar sus integrantes, dado que algunos diputados no continuarán en el próximo cuatrienio. El documento, firmado por 13 miembros de la comisión, pide al pleno ordenar a la nueva comisión utilizar estas recomendaciones en futuros estudios.

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