Hasta una mordida de perro es accidente laboral: Idoppril detalla la cobertura para incidentes en el trayecto


Imagenes de archivo del accidente ocurrido en Haina, cuando una patana aplastó un minibís de  pasajerosJorge Martínez

Por Alfonso Alvarez, www.laspalomastv.com

08 de noviembre del 2024

El Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril) ha reportado que, en los primeros 11 meses del 2024, un total de 28,002 empleados han registrado accidentes laborales. De esos, 11,454 ocurrieron en el trayecto hacia o desde el lugar de trabajo, una categoría cubierta por la normativa de la seguridad social laboral, que también incluye los denominados “accidentes in itinere”. Esta cobertura no se limita solo a accidentes de tránsito, sino que también abarca situaciones como mordeduras de animales, asaltos, caídas e incluso impactos por objetos.

Según el Consejo Nacional de la Seguridad Social, el "accidente en trayecto" es aquel que ocurre mientras un trabajador se desplaza entre su domicilio y su lugar de trabajo, dentro de su ruta habitual y en su horario laboral, sin que haya interrupciones o desviaciones. voluntarias. A pesar de que los accidentes de tránsito son los más comunes, la normativa también incluye eventos inesperados como las mordeduras de perros y los asaltos, que se consideran “contingencias en el trayecto” si ocurren mientras el trabajador se desplaza por su ruta habitual.

El artículo 3 de la establece normativa que “todo evento imprevisto e involuntario que cause una lesión durante el trayecto hacia el trabajo” será considerado un accidente laboral. Esto incluye desde caídas o colisiones con vehículos hasta impactos por objetos y hasta las temidas balas perdidas que afectan a los trabajadores. Asimismo, las condiciones climáticas extremas, como huracanes o rayos, también se contemplan como causas de accidentes en trayecto bajo la categoría de “fuerza mayor”.

Un aspecto interesante de esta legislación es que también cubre los accidentes ocurridos durante el almuerzo, siempre y cuando el trabajador se desplaza hacia un comedor dentro del horario establecido por la empresa. Así, si un empleado se lesiona durante este tiempo, también se considera un accidente laboral y está cubierto por las prestaciones previstas.

El Idoppril, encargado de investigar y garantizar las prestaciones derivadas de los accidentes laborales, ha sido responsable de desembolsar grandes sumas para asistencia médica, subsidios y gastos funerarios. Según un informe reciente, entre 2020 y 2024, la entidad pagó más de RD$4,355 millones para atender a 51,409 trabajadores lesionados durante su trayectoria laboral. Estos gastos incluyen subsidios médicos, pensiones y los costos asociados a las muertes de 516 trabajadores, cuyo monto total en gastos funerarios ascendió a RD$51 millones.

La protección que ofrece la ley también extiende sus beneficios a los trabajadores que no están afiliados al Seguro Dominicano de Salud (SDSS), pero que sufren un accidente en el trayecto, siempre que no hayan violado las normas de tránsito como pasarse un semáforo en rojo. En cuanto a la documentación requerida, es imprescindible que el trabajador o sus familiares denuncien el incidente a la Policía Nacional y presenten la documentación que certifique el accidente para poder acceder a los beneficios.

En cuanto a las estadísticas, la mayoría de los accidentes en trayecto involucraron motocicletas, con un total de 29,999 incidentes, seguidos por accidentes de peatones, autobuses y vehículos de carga.

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