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La Sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, emitida el 23 de septiembre de 2013, estableció que los hijos de extranjeros que no tienen residencia legal permanente en el país y que nacen en territorio dominicano no son titulares de la nacionalidad dominicana.

 

tribunal constitucional


Por Alfonso Alvarez


La Sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, emitida el 23 de septiembre de 2013, estableció que los hijos de extranjeros que no tienen residencia legal permanente en el país y que nacen en territorio dominicano no son titulares de la nacionalidad dominicana. Esto se basó en la Constitución de 2010 y excluyó a los hijos de extranjeros que son miembros de legaciones diplomáticas y consulares, así como a los hijos de aquellos que residan ilegalmente en el territorio dominicano.

La sentencia también ordenó la creación de libros-registro especiales de nacimientos de extranjeros y estableció un procedimiento de "regularización" de los registros de actos del estado civil desde 1929 hasta 2007.

Es importante señalar que esta sentencia generó controversia y críticas tanto a nivel nacional como internacional debido a su impacto en las personas nacidas en la República Dominicana de padres extranjeros en situación migratoria irregular. La sentencia fue objeto de reformas posteriores para abordar algunas de estas preocupaciones.

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